Es la autorización que otorgan los representantes legales de un niño, niña o adolescente que tiene residencia en Colombia y va a salir del país con uno de sus representantes, o con una persona distinta a ellos.
El padre o representante legal que desee otorgar dicho permiso lo puede hacer bajo alguno de los siguientes mecanismos:
Otorgando el permiso permanente de salida del país mediante escritura pública, la cual al momento de ser utilizado, requiere una constancia de vigencia no mayor a 30 días, que indique que el instrumento y su contenido no han sido revocados por los otorgantes.
REQUISITOS
Cédula de los padres, representantes legales o tutores.
Copia auténtica del Registro civil de nacimiento del menor.
Registro de defunción del padre fallecido si es el caso.
Notaría 70 Bogotá
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